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Who Really Killed Brad Will?

This week is the anniversary of the death of Brad Will, an US video journalist who was shot and killed in Mexico on October 27, 2006. When he was killed, Bradley Roland Will was in Oaxaca City, in southern Mexico, filming a clash between members of a local protest movement (Asamblea Popular del Pueblo de Oaxaca, APPO) and supporters and officials of the local governing party.

Three years later, Amnesty International believes that the truth about Brad Will’s death has still not come out. Juan Manuel Martínez, an APPO sympathizer, has been detained pending trial since October 2008 for Will’s murder. However, experts from Physicians for Human Rights and the National Human Rights Commission have concluded that Will was not shot at close range, and Martinez is said to have been standing right next to him when the shooting happened. Amnesty International believes the evidence against Martinez is flawed and he is a being used as a scapegoat.

The tragedy and injustice of Brad Will’s death and Juan Manuel Martínez’s unfounded prosecution are part of the failure to investigate and hold to account those responsible for widespread human rights violations committed in Oaxaca in 2006 and 2007.

In October 2009, Mexico’s National Supreme Court of Justice concluded that serious human rights violations were committed in Oaxaca state. It attributed responsibility for many abuses to some senior public officials, including the governor of Oaxaca state. The Court called for those responsible to be held to account, but the authorities have yet to respond.

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Tell the Mexican government that it’s time for the killing of Brad Will to be impartially investigated and prosecuted on the basis of reliable evidence and according to international fair trial standards.

http://blog.amnestyusa.org/iar/who-really-killed-brad-will/

Boletín de prensa de la Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH)

El sistema mexicano penaliza a las víctimas mientras protege, cuando no premia, a los responsables de violaciones a los derechos humanos

Recientes resoluciones de los órganos de procuración e impartición de justicia en México demuestran una vez más la existencia de una política de estado que, mediante la simulación de un escrupuloso respeto a la ley, sólo consigue asegurar la impunidad de los responsables directos e intelectuales de graves violaciones de los derechos humanos. Por el contrario, ese mismo sistema de procuración e impartición de justicia se muestra implacable con los luchadores sociales que se oponen a las políticas gubernamentales de forma legítima y pacífica.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el caso Oaxaca

Esta semana, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia afronta la discusión del caso Oaxaca a partir del proyecto de dictamen elaborado por el Ministro Mariano Azuela. La propuesta exonera de toda responsabilidad a las autoridades y funcionarios tanto estatales como federales que participaron en la represión del movimiento social oaxaqueño durante 2006 y 2007. Tras un análisis aparentemente riguroso y ajustado a la ley, el proponente en realidad descontextualiza lo ocurrido en Oaxaca hasta el punto de pretender que los poderes públicos no tuvieron otro remedio que utilizar de manera legítima la fuerza para restablecer “el orden y la paz social” tras meses de “paciente” negociación con el movimiento social oaxaqueño.

En el proyecto del Ministro Azuela faltan datos y hechos constatados por diversas organizaciones de derechos humanos y la misma Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Si los hubiera incorporado, la Suprema Corte tendría un panorama bien distinto, como ha constatado la propia CCIODH en sus dos visitas a la entidad: el objetivo de los órganos de poder era destruir un movimiento social legítimo y pacífico. Para ello se valió de detenciones selectivas de líderes sociales, secuestros y detenciones ilegales, manejo político como amenaza de órdenes de aprehensión muchas veces sin fundamento, exilio forzado por amenazas de muerte, detenciones masivas y encarcelamiento prolongado de cientos de personas que finalmente han sido exoneradas de cualquier delito, tortura, violaciones, dilación y desobediencia de los jueces del fuero común en la aplicación de los amparos emitidos por jueces federales, imputaciones falsas a miembros del movimiento para encubrir a funcionarios públicos … y decenas de homicidios de indiscutible carácter político que nunca han sido resueltos por la justicia estatal y federal. Es significativo el caso de Brad Will con la detención y procesamiento de Juan Manuel Martínez Moreno como responsable de este homicidio en contra de las evidencias y testimonios que acusan a funcionarios públicos municipales como los autores del hecho.

No será aplicando el principio de presunción de inocencia a los poderes públicos como la Suprema Corte alcanzará la verdad. Tampoco desechando los testimonios de las víctimas al tiempo que no cuestiona la veracidad de los partes policiales. Con un dictamen de estas características lo único que se consigue es legitimar la represión.

El ministro Azuela considera que los poderes públicos intervinieron de forma legítima para restaurar el orden social y la libertad ciudadana, derechos que el Estado tiene la obligación de garantizar. La pregunta que cabe hacerse es si es posible que en un contexto de terror político como el que vivió Oaxaca se puede ejercer el derecho que todo ciudadano tiene siempre de cambiar de modo pacífico sus órganos de gobierno.

Atenco y Chiapas : no hay justicia para las víctimas

Hace pocos días la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia en contra de las Mujeres, después de más de tres años de investigación, notificó la resolución sobre denuncia presentada por 11 mujeres por tortura y violencia sexual durante los hechos de Atenco. En esta resolución la Fiscalía trasladaba la denuncia a la Procuraduría del Estado de México por considerar que los 34 policías señalados son estatales y no poder imputar a ningún agente federal.

Se da el caso de que la procuraduría estatal ya ha dado el caso por cerrado, condenándose a un solo agente por “actos libidinosos” a una pena de 3 años de prisión que ha sido sustituída por una multa. En el resto de casos, los acusados han sido exonerados por un amparo de la justicia federal que detectó errores inadmisibles en el procedimiento, procedimiento que fue tramitado por la misma Procuraduría Estatal, la misma que también asesoró a los agentes en el amparo que acabó otorgándoles la libertad sin cargos.

Este es un caso aberrante de juez y parte en el que, aplicando las garantías a las que todo procesado tiene derecho, se consagra la injusticia y la impunidad. Una vez más, exonerando a los responsables directos de la represión, los responsables políticos, en este caso paradigmático también responsables últimos del procedimiento, se aseguran asimismo la impunidad.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia en contra de las Mujeres y la misma Suprema Corte en su dictamen han señalado que hubo tortura y violaciones. La pregunta que cabe hacerse es qué órgano jurisdiccional debe imputar, procesar y condenar los responsables directos y los responsables intelectuales, por acción u omisión, de estos delitos.

En este mismo caso, las propias víctimas fueron consignadas e ingresadas en prisión por largos períodos y en muchos casos liberadas con posterioridad libres de cargos. Contrasta también la inoperancia de la procuración de justicia con la dureza de las condenas contra los luchadores sociales de San Salvador Atenco, a los que estado mexicano ha sentenciado a permanecer en prisión por 30, 65 ó 110 años.

Desgraciadamente, los hechos se repiten: se espera para los próximos días la resolución de la SCJN que afectará al caso de 31 personas condenadas por la Masacre de Acteal. Por defectos en el procedimiento ya fueron liberadas recientemente 20 personas y todo hace suponer que lo mismo ocurrirá en esta nueva resolución.

Esta comisión ha defendido siempre que el sistema de procuración e impartición de justicia debe asegurar el derecho al debido proceso de cualquier imputado en una causa penal. Pero lo que la Suprema Corte no debe hacer en ningún caso es exonerar de facto con sus resoluciones a asesinos confesos que han sido reconocidos por las víctimas, sino buscar el procedimiento adecuado para que la reparación de una injusticia no consagre otra mayor.

Porque la injusticia y la impunidad provocan que los hechos se repitan una y otra vez: en estos días se cumple un año de la masacre de Chinchultik en el estado de Chiapas con el resultado de 6 indígenas asesinados en un operativo policial sin que a día de hoy se haya dado satisfacción ni se haya establecido justicia sobre estos hechos tan graves, cuya responsabilidad depende del gobierno del estado.

El circulo de la impunidad de la justicia mexicana

El ascenso en la carrera judicial o política de personas con responsabilidad en la investigación y protección de los derechos humanos, atendiendo más a los compromisos políticos que a su verdadera responsabilidad y competencia es un freno para la auténtica justicia. Así se ha manifestado ante los recientes nombramientos del nuevo responsable de la Secretaría de Gobernación, la Procuradoría General de la República o la presidencia de la Comisión de Seguridad Nacional del Congreso.

Por el contrario, los defensores de los derechos humanos sufren hostigamiento y amenazas que entorpecen su actividad sin que estos casos sean investigados con la celeridad y exigencia necesarios.

Esta situación de abandono hace que finalmente las víctimas de estos atropellos no tengan otras vías que recurrir al sistema internacional de justicia, como sucede en el caso de Acteal y en el de las mujeres de Atenco.

Todo ello conforma un panorama muy grave en el que los conflictos sociales, lejos de afrontarse las causas que los generan, son tratados como meros asuntos de orden público mientras se criminaliza a los opositores aplicándoles medidas represivas desmedidas y ejemplarizantes para el resto de la sociedad. Esta política hace crecer una espiral de violencia e impunidad que en vez de resolver los problemas no hace sino agravarlos. Desgraciadamente, este diagnóstico que describimos y comprobamos en los conflictos de Oaxaca, Chiapas y Atenco, es hoy en día comparable a otras situaciones en el resto de la República

Como expresión de parte de la sociedad civil internacional, llamamos a la defensa y la vigilancia de los derechos humanos individuales y colectivos frente a estos abusos del poder contra las comunidades y las personas que luchan de forma legítima por mejores condiciones de vida y un mundo mejor para todos.

Barcelona, a 13 de octubre de 2009.

Comisión de prensa

Exime dictamen de la Corte a Vicente Fox y Ulises Ruiz de represión en Oaxaca

MÉXICO, D.F., 5 de octubre (apro).- En Oaxaca sí hubo violaciones graves a los derechos humanos durante el conflicto de la Asamblea Popular de Pueblos de Oaxaca (APPO), en 2006 y 2007, pero ni el expresidente Vicente Fox ni el gobernador Ulises Ruiz son responsables.

Esa fue la conclusión a la que llegó el ministro Mariano Azuela Güitrón en el proyecto de resolución del “caso Oaxaca”, que entregó al pleno de ministros y que será discutido a partir del próximo martes 13.

El proyecto fue colocado este lunes en el portal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y en él Azuela mantiene la línea que ha seguido el máximo tribunal en estos casos: ubicar las responsabilidades en los mandos medios operativos y deslindar por completo a las autoridades políticas federal y estatal, tal como sucedió en el “caso Atenco”.

Según Azuela, “ni el gobernador del estado ni los servidores de la Federación que intervinieron resultan responsables de la violación generalizada de garantías, toda vez que no fue producida por ellos de manera directa ni tampoco incurrieron en una omisión absoluta, sino que se trató de resultados indeseados”.

Las máximas autoridades federales a las que llegó Azuela, como “participantes presumiblemente” en la deficiente planeación y supervisión de los operativos, son Ardelio Vargas Fosado y el general Héctor Sánchez Gutiérrez.

Vargas Fosado es ahora diputado del PRI y flamante presidente de la Comisión de Defensa Nacional. En Oaxaca estuvo a cargo de los operativos como jefe de Estado Mayor de la entonces Policía Federal Preventiva (PFP).

El general Sánchez Gutiérrez, quien entonces era coordinador de Fuerzas Federales de Apoyo de la PFP, acaba de ser designado titular de la Secretaría de Seguridad Pública de Campeche, en el nuevo gobierno del estado.

Ambos funcionarios dependían del entonces secretario de Seguridad Pública y hasta el mes pasado procurador General de la República, Eduardo Medina Mora, quien en el proyecto de Azuela queda libre de cualquier responsabilidad. En cambio, identifica a 12 elementos de la PFP como “presuntos partícipes” en los operativos.

Respecto del gobierno de Oaxaca, el proyecto –de 923 páginas– deslinda por completo al secretario de Seguridad Pública y al procurador General de Justicia, a pesar de que elementos a su cargo participaron en los operativos. Identifica a 28 de ellos.

Sin mencionar responsabilidades, señala que en el operativo del 14 de junio de 2006 participaron el director general de Seguridad Pública, José Manuel Vera Salinas; el director de la Policía Ministerial, teniente de navío José Moreno Rivas, y el director de la Policía Auxiliar, Bancaria, Industrial y Comercial, Joaquín Darío Berges y Dorantes.

También identifica a los mandos Juan Benigno Villalobos, Felipe Gómez Julián, Ednorberto Juan Zacarías, Pedro Cruz Francisco, Manuel Rodríguez Sotero, Gonzalo Ríos López y Armando Cruz Sánchez.

Azuela, quien el 30 de noviembre se jubila como ministro, acota todavía más: “Corresponderá a las autoridades competentes realizar la imputación concreta según las responsabilidades que puedan resultar (civil, penal, administrativa o política)”, pues establece que hubo “violación grave de garantías” por el “proceder activo o pasivo de las autoridades”.

El ministro que de último momento desechó participar en la contienda por la presidencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sólo encuentra en Ulises Ruiz la responsabilidad de no contar con una policía eficaz y profesional capaz de controlar un conflicto como el ocurrido entre mayo de 2006 y enero de 2007.

Precisa que Ruiz sí fue una autoridad participante, pero su actuación “debe estimarse atenuada”, debido a que carecía de recursos presupuestales para satisfacer las demandas de la Sección XXII de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, origen del conflicto.

Además de destacar la intención de las autoridades federales y estatales de dar una “solución efectiva a las demandas o conflictos sociales”, dice que cuando éstas “determinaron hacer uso de la fuerza pública para solucionar el conflicto social… en la ejecución correspondiente se incurrió en actos que además de denotar falta de eficiencia y profesionalismo de los cuerpos policíacos, provocaron la violación de garantías… y que por sí mismas constituyen una grave infracción al texto constitucional”.

Precisa: “En el operativo del 26 de noviembre de 2006 algunas personas fueron objeto de tratos crueles e inhumanos durante su detención y traslado a los penales correspondientes”.

Igualmente, añade, que “se advierten excesos en la represión a los inconformes, ya que se hizo uso de instrumentos tales como piedras, resorteras y bazucas…

“Se acreditó que hubo personas que presentaron lesiones graves que no guardaron proporción con el objetivo que se pretendía alcanzar mediante los operativos, además de que uno de estos fue fallido y lejos de contribuir a la solución del conflicto ocasionó más violencia y represión”, generando “una situación de mayor desorden generalizado a la que existía antes del operativo”.

Sin embargo, responsabiliza también a la APPO de haber suprimido derechos de la población: “Prácticamente se paralizó el estado de Derecho y se suprimió el goce de garantías, se afectó la vida de una comunidad sin que las autoridades impidieran que este estado de cosas continuara prevaleciendo”.

Azuela dice que “no debe olvidarse la beligerancia” de la APPO, “incluso con matices de rebelión no únicamente en contra del gobierno del estado de Oaxaca, sino del gobierno federal, pues no debe pasarse por alto la intención de los inconformes de constituir una ‘Asamblea Popular de los Pueblos de México'”.

Según el ministro ponente, su objetivo era “extender el movimiento por todo el territorio nacional” y crear una nueva Constitución, pues “el movimiento tuvo por objetivo derrocar poderes constituidos”.

JORGE CARRASCO ARAIZAGA

http://www.proceso.com.mx/noticias_articulo.php?articulo=72892


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